Tres años después de la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en España, ya se tramita en el Parlamento una drástica reforma.
La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los ordenamientos jurídicos pretende motivar al empresariado en la lucha contra las conductas nocivas que puedan darse en el desarrollo de sus actividades, en ocasiones de manera inadvertida. Al igual que había sucedido anteriormente en otros países, España introdujo esta figura en el año 2010, si bien los resultados obtenidos no han sido especialmente alentadores, a la luz, por ejemplo de la clasificación de nuestro país en el Corruption Perceptions Index del año 2013 publicado por Transparency International, donde hemos descendido de la posición 30 (2012) a la 40 (2013), seguida de inmediato por Cabo Verde y Dominica.
Así las cosas, es lógico que tanto la OCDE como otras plataformas internacionales urjan a España para desarrollar acciones idóneas en la lucha contra los ilícitos en el seno de las empresas, y especialmente contra la corrupción. Esto explica que habiendo solo transcurrido tres años desde la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en España, ya se encuentre en tramitación parlamentaria una drástica reforma de su régimen
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