Los ciudadanos británicos han decidido en referéndum abandonar la Unión Europea con un 51,9% de votos a favor. No obstante, todavía transcurrirán muchos meses hasta que la decisión se materialice y las condiciones de la salida negociada del Reino Unido estén claras.
El procedimiento para abandonar la Unión Europea está recogido en el artículo 50 del Tratado de Lisboa y su activación comenzará con la petición formal de Reino Unido al Consejo Europeo (el órgano que reúne a los jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros) de salir de la UE. El Tratado no especifica cuándo debe hacerse esta petición y, tal y como ha sugerido el primer ministro británico, David Cameron, en su comparecencia tras conocerse el resultado, previsiblemente no tendrá lugar hasta que se forme un nuevo Gobierno a partir de octubre.
A partir de ese momento comenzará un proceso de negociación para determinar las condiciones de la salida, esto es, la forma de retirada y las condiciones futuras de relación entre Reino Unido y los Veintisete. El Tratado contempla un plazo de dos años (salvo que el Consejo decida ampliarlo) para llegar a un acuerdo, que requerirá de la aprobación del Parlamento Europeo por mayoría simple (375 o más diputados) y del Consejo Europeo por mayoría cualificada (voto a favor de 20 Estados miembros que representen, al menos, el 65% de la población Europea). Reino Unido no participará en la votación.
Los escenarios posibles son muy diversos. Las multinacionales con matrices en el Reino Unido tendrán que valorar si su actual estrategia de gestión de filiales en Europa necesita revisarse.
Posibles escenarios tras el Bréxit (haz clic sobre la imagen para verla ampliada):
Buenas tardes, una duda que me surge, si finalmente RU sale de la UE, ¿qué tipo de gravamen impositivo tendrían los costes aduaneros? y ¿sería progresivo o tipo fijo? Posiblemente esto no se sepa aún y se resuelvan mis dudas una vez salga el resultado final y se tomen las decisiones convenientes, pero era por si ya se conocía.
Gracias, un saludo
Como muy bien dice aún es pronto para estimar como quedara la situación. Se abre un periodo de negociación entre la UE y el Reino Unido que regulará entre otros aspectos, aquellos que comenta usted en relación con los derechos arancelarios. La consecuencia directa del BREXIT podría ser que al dejar de forma parte de la UE, existieran derechos de arancel para las mercancías que entren en la UE procedentes de UK o viceversa; pero es muy posible, que desde UK se trate de llegar a un acuerdo con la UE en este área para tener un trato similar al que tienen los países de la EFTA ( i.e. Noruega). Si fuera así, los cambios serian mínimos en este aspecto.