En los últimos años hemos asistido a numerosos cambios normativos que afectan a la responsabilidad fiscal y buen gobierno fiscal que han modificado, o deberían hacerlo, el enfoque de las empresas en esta materia.
La finalidad de estos cambios ha sido variada. Desde incrementar la transparencia, avanzar en una relación cooperativa entre los contribuyentes y la Administración, aumentar la responsabilidad de los Consejos de Administración ante incumplimientos fiscales, a atribuir funciones al Consejo de Administración en material de control de riesgos y compliance fiscal incrementando el buen gobierno, pasando por la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas por la comisión de delitos fiscales en el seno de las organizaciones, etc.
Uno de los cambios más significativos se ha producido en el ámbito del compliance fiscal. La modificación del Código Penal ha elevado la importancia de disponer de un sistema de prevención del delito fiscal, ya que pueden resultar eximidas de responsabilidad en caso de implantar un sistema que cumple determinados requisitos.
Con el objetivo de ayudar a las empresas en el diseño y establecimiento de este sistema de cumplimiento fiscal, y tras casi dos años de trabajo y resultado del consenso de expertos del ámbito del compliance tributario, próximamente verá la luz para consulta pública la Norma UNE 19602 Sistemas de Gestión de Compliance Tributario.
La UNE, que será certificable, establecerá los requisitos y facilitará las directrices para adoptar, implementar, mantener y mejorar las políticas de compliance tributario y el resto de los elementos de un sistema de gestión de compliance. La UNE será aplicable a cualquier organización independientemente de su tipo de actividad, tamaño, sector público o privado, ánimo lucrativo o no, aplicándose los requisitos de forma proporcional a las circunstancias de cada organización.
La 19602 presenta una estructura de Alto Nivel, con lo que es integrable con otros sistemas de gestión como la UNE-ISO 19600 y la UNE 19601, que han sido reconocidos como mecanismos de exoneración o atenuación de la responsabilidad penal. Sin embargo, es importante resaltar que la mera implementación de la Norma no exonerará o atenuará de por sí dicha responsabilidad.
Para alcanzar esta meta, es necesario que el sistema se diseñe de forma eficaz a través de un correcto entendimiento de la organización y su contexto, una adecuada identificación, valoración y documentación de riesgos, el establecimiento de roles, responsabilidades, controles, procedimientos y procesos, y por último que se comunique, investigue y actúe en caso de incumplimientos e irregularidades.
Se prevé la aprobación de la norma el primer trimestre de 2019.
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