En política fiscal, uno de los eternos debates que plantea en ocasiones posiciones irreconciliables e incompatibles, es el de la aplicación de beneficios fiscales a la inversión extranjera, considerado por unos como una herramienta imprescindible para competir en un mundo cada vez más globalizado, y por otros como una fuente de desigualdades sociales que pone a los grandes inversores en mejor posición que al ciudadano medio.
En el campo del IRPF probablemente ningún ejemplo es más esclarecedor que el del régimen especial consagrado en el artículo 93 de la Ley del IRPF, la hoy mal llamada Ley Beckham (dejó de ser aplicable a deportistas profesionales hace casi 10 años).
Por ponernos en contexto, este régimen permite a un contribuyente que no haya sido residente en España durante los 5 últimos años, acogerse a una tributación favorable, cuyos pilares son los siguientes:
Si entramos en el debate con mente abierta y libres de prejuicios podemos pensar que ambas posiciones de partida (inversión vs justicia fiscal) tienen sus argumentos. Estas medidas suenan suficientemente atractivas como para que grandes inversores extranjeros y altos directivos elijan nuestro país como destino favorito, y, por una lógica económica, inviertan y gasten su dinero aquí, generando, según esta óptica, un flujo inversor y por ende crecimiento económico, empleo y recaudación fiscal.
Por el contrario, no es descabellado decir que a priori no parece justo que una persona con un salario de 600,000 euros anuales (28 veces el salario medio en España) pague un 24% mientras que un residente ordinario con un sueldo 10 veces inferior tribute de media a un 25%; un punto más con sólo un 10% del salario.
¿Cómo resolvemos este dilema? Por muchos motivos, los debates fiscales están cargados de sesgos políticos e ideas preconcebidas dependiendo de quien aprueba cada medida. No obstante, cabe señalar que este régimen especial, que está cerca de cumplir 20 años, ha sobrevivido 4 legislaturas y a Gobiernos diferentes, con modificaciones, pero manteniendo el espíritu inicial: ofrecer un régimen fiscal beneficioso a aquellos que elijan España como destino.
¿Cómo es posible que este régimen, que puede parecer “injusto”, tenga tal capacidad de supervivencia? No hay una única respuesta, sino que existen diferentes motivos que hacen que este régimen, y otros beneficios fiscales similares, sobrevivan con gobiernos de diferentes signos:
En resumen, es posible encontrar el equilibrio entre las políticas de atracción de la inversión y la justicia fiscal y social, siempre y cuando se abandonen las posiciones maximalistas y se afronte el debate con realismo, sin olvidar nunca el porqué del sistema tributario, que no es otro que generar recursos para el Estado que permitan prestar el mejor servicio a los ciudadanos y garantizar la justicia social. Por ello, creo que, después de casi 20 años y muchas modificaciones, este régimen, con sus defectos y virtudes, es un buen ejemplo de ello.
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