ESG

Así impactará el Reglamento contra la Deforestación en las operaciones empresariales

Reducir drásticamente la deforestación y la degradación forestal, así como recuperar sistemáticamente los bosques y otros ecosistemas representan la mayor oportunidad natural para mitigar el cambio climático. Y es que los bosques y ecosistemas tienen un papel fundamental tanto desde el punto de vista medioambiental como de impacto económico, pues sus activos de capital natural y los servicios asociados sustentan casi la mayor parte de sectores económicos.

Además, más de la mitad del PIB mundial depende moderada o altamente de la naturaleza y, sin embargo, las reservas de capital natural per cápita han disminuido casi un 40% entre 1992 y 2014. Dado este escenario y con el fin compatibilizar la actividad económica con la preservación del medio natural, la Unión Europea desarrolló y aprobó el pasado año 2023 el Reglamento contra la Deforestación (el denominado EUDR, por sus siglas en inglés). Tras la moratoria aprobada por la Unión Europea, su plazo de implementación queda fijado a partir del 30 de diciembre de 2025.

Este reglamento tiene por objetivo reducir al mínimo la contribución de la Unión Europea a la deforestación y la degradación forestal en todo el mundo. Asimismo, pretende reducir la contribución de la UE a las emisiones de gases de efecto invernadero y a la pérdida de biodiversidad mundial.

¿A qué productos aplica el Reglamento EUDR?

El Reglamento pone el foco en la importación y puesta a disposición en el mercado de la UE, así como la exportación desde el mercado de la Unión, de las siete materias primas que representan el mayor porcentaje de la deforestación: palma aceitera (34,0 %), soja (32,8 %), madera (8,6 %), cacao (7,5 %), café (7,0 %), ganado bovino (5,0 %) y caucho (3,4 %). Además de las materias primas, también se incluye en el alcance del Reglamento aquellos productos pertinentes que contengan, se hayan alimentado, o se hayan elaborado utilizando las materias primas pertinentes.

¿A quién aplica?

A empresas no pymes que actúen como:

  • Operadores: Exportan o importan los productos pertinentes en el mercado de la Unión.
  • Comerciantes: Empresas que comercializan los productos pertinentes, para su distribución, consumo o utilización en el mercado de la Unión. El Reglamento también establece diferentes obligaciones para comerciantes no pymes y comerciantes pymes.

¿Qué se debe asegurar?

Las empresas deben asegurarse de no introducir, exportar o comercializar en el mercado de la UE productos que incumplan el Reglamento contra la Deforestación. En este sentido, los productos deben de ser libres de deforestación; haber sido producidos cumpliendo con la legislación aplicable del país de producción; y estar amparados por una declaración de diligencia debida.

¿Cuándo aplica?

Las obligaciones dispuestas en el Reglamento serán de obligado cumplimiento a partir del 30 de diciembre de 2025, tras la moratoria aprobada por la UE a finales del año pasado. Por todo ello, las empresas deberán de disponer de un Sistema de Diligencia Debida implantado en la organización y reportar una Declaración de Diligencia Debida por cada producto pertinente; e informar anualmente al público sobre los sistemas de diligencia debida implantados y las medidas establecidas para cumplir con este Reglamento.

¿Necesitas ayuda para hacer frente a esta nueva realidad?

A este respecto, la Unión Europea va a ofrecer ayuda. En concreto, estableciendo los criterios para realizar el análisis de riesgos y facilitando herramientas para geolocalización de las zonas de producción (Copernicus, etc…).

El Régimen sancionador, en detalle

El Reglamento establece que las sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias e incluirán:

  • Multas de un máximo del 4% del volumen de negocios anual total Unión Europea.
  • Confiscación de los productos.
  • Confiscación de los ingresos
  • Exclusión temporal (máximo 12 meses) de los procedimientos de contratación pública y del acceso a financiación pública (contratación, subvención o concesión).
  • Prohibición temporal de introducir, comercializar o exportar, en caso de infracción grave o de reincidencia.
  • Prohibición de observar el procedimiento simplificado de diligencia debida en caso de infracción grave o de reincidencia.

Impacto en las operaciones de la compañía

Las empresas que no se adapten correctamente a las obligaciones requeridas por la Unión para luchar contra la deforestación, pueden sufrir impactos significativos en sus operaciones. En particular, podrían tener que asumir los siguientes riesgos:

  • Pérdida de acceso a mercados.
  • Aumento de costes de materias primas.
  • Las multas ya indicadas.
  • Disminución de la reputación.
  • Costes por procesos no operativos.

Como puede observarse, distintas regulaciones están ya apuntando a la necesaria consideración de la cadena de valor en las estrategias de sostenibilidad empresarial. Es el caso de las disposiciones europeas relativas a los informes de sostenibilidad (la denominada CSRD) o la propuesta de Directiva de Debida Diligencia (la CS3D). En esta ocasión, el Reglamento EUDR pone el foco en el ámbito de determinados productos y el establecimiento de procesos de Debida Diligencia. En consecuencia, será esencial gestionar y minimizar los riesgos asociados al no cumplimiento del Reglamento Europeo contra la Deforestación, aprovechando al máximo las oportunidades que este ofrece.