La antropología cultural distingue entre las sociedades de la vergüenza (shame cultures) y las de la culpa (guilt cultures). Las primeras acentúan el peso del juicio externo sobre la conducta del sujeto, de modo que cuestionando su honorabilidad se disuaden ciertas formas de comportamiento. Las segundas inciden en su juicio interno, apelando a su conciencia. La distintición es importante en la esfera del compliance, pues no siempre quien se avergüenza se siente realmente culpable de su conducta.
El profesor de ciencias biológicas y neurología Robert Sapolsky recuerda que las culturas “colectivistas” –principalmente en Asia– tienden a vincular al individuo con un propósito común, lo que la antropóloga Ruth Benedict vincula con la moral de la vergüenza. Mientras las culturas “individualistas” –principalmente en Occidente– son más propensas a recurrir al sentimiento de culpa. Es una diferencia relevante en compliance, pues, dependiendo de las geografías donde se opera, las palancas para mantener un entorno cultural uniforme son distintas.
Los actos inmorales en entornos “colectivisas” provocan el sufrimiento de la persona cuando se conocen en el grupo, mientras que su dolor en contextos “invidualistas” deriva de haberse defraudado a sí mismo, con independencia de lo que piensen los demás. Sapolsky concluye que “el que se avergüenza pretende esconderse, el que se siente culpable quiere redimirse”.
Es posible que la vergüenza sea un mecanismo de conformación moral más primitivo que la culpa, al menos en Occidente. De hecho, abandonamos hace siglos los capirotes y otros estigmas de escarnio público, apostando por medidas de reinserción que trabajen la conciencia y asunción de culpa. No obstante, rebrotan iniciativas que nos retrotraen a la vergüenza, como los listados de deudores a la Hacienda Pública que se publican en España. No se conocen estudios que demuestren si estas medidas cambian realmente la forma de pensar de los afectados, o solo los llevan a justificarse. Vemos que aplicar estas medidas en sociedades “individualistas” produce efectos aparentemente eficaces, pero limitados desde una perspectiva cultural profunda. Por eso, también en el ámbito del compliance su aplicación es dudosa, al no cambiar los modelos de creencias de los sujetos ni favorecer una cultura corporativa saludable.
¿Cómo adaptarte a las novedades en Compliance?
Puesto que la finalidad última de todo modelo de compliance es mejorar la cultura de la organización, solo se consigue modulando las creencias personales. No en vano, el estándar internacional ISO 37301:2021 define la “cultura de compliance” como los “valores, ética, creencias y conductas que existen en una organización”. Y esta secuencia de conceptos no es intrascendente: los valores establecen el marco cultural, que debería impactar en las creencias de las personas, para que deriven en las conductas deseadas.
El sentimiento de culpa por transgresión de las normas se consigue alineando los modelos de creencias individuales con los subyacentes en las reglas. En este contexto y para comunidades “individualistas”, el recurso a la vergüenza siempre será subsidiario.
Sabemos que la punición que propugnan tantas normas de compliance produce vergüenza en quienes la sufren, pero no necesariamente sentimiento de culpa. Por eso, es una contradicción enfatizar la faceta cultural del compliance, y subrayar la bondad de las medidas sancionadoras. La punición pura y dura debería ser accesoria y calificarse como lo que realmente es: un fracaso en el objetivo de mejorar a las personas. Son sociedades enfermas las que no consiguen impulsar una cultura ética. En ocasiones, se debe al empleo de palancas inapropiadas, pero en otros casos proviene de defícits en otras eferas igualmente relevantes, como las que trato en el video número 30 de la Serie dedicada a Reflexiones sobre Compliance. Abordo este fenómeno, así como la sintomatología temprana de las sociedades enfermas.
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