El pasado mes de diciembre se cumplieron 3 años desde la publicación de la Propuesta de Directiva Unshell, de 22 de diciembre de 2021, para combatir el uso indebido, con fines fiscales, de entidades fantasma –shell entities–. Esta iniciativa persigue evitar que estas entidades, que en apariencia participan en el desarrollo de una actividad económica, pero en realidad carecen de un mínimo de sustancia, sean utilizadas de forma abusiva para eludir o evadir impuestos.
Con ella, las entidades de riesgo estarán obligadas a informar sobre una serie de indicadores de sustancia a través de su declaración fiscal anual, y aquellas que no cumplan tales indicadores se calificarán como entidades fantasma, lo que podría dar lugar a la denegación de determinadas ventajas fiscales que, de otro modo, habrían obtenido en virtud de los Convenios de Doble Imposición (“CDI”) y las directivas de la UE.
En principio, estaba previsto que, una vez adoptada, la Directiva debía ser objeto de transposición por los Estados miembros antes del 30 de junio de 2023, con entrada en vigor el 1 de enero de 2024. Y las consecuencias de la Directiva se aplicarían únicamente a determinadas entidades fantasma “de riesgo” previéndose un sistema de cribado basado en tres filtros que deben superarse de forma cumulativa para calificar a una entidad fantasma como “de riesgo”, y que se basan en la actividad desarrollada por la entidad en los dos ejercicios fiscales anteriores al ejercicio en cuestión.
A pesar de que la entrada en vigor de la Directiva estaba prevista para 2024, como consecuencia de este período retroactivo de dos años, muchos grupos comenzaron a analizar si pudieran llegar a verse afectados por su aplicación desde el momento de la publicación de la Propuesta de Directiva.
A día de hoy, los Estados miembros no han logrado alcanzar un acuerdo unánime para adoptar la Directiva. Durante sus respectivas presidencias del Consejo de la UE (en adelante, “el Consejo”), varios Estados miembros han debatido marcos alternativos al primer borrador de propuesta, con el objetivo de alcanzar un compromiso sobre las preocupaciones planteadas por los Estados miembros y estos intentos siempre han fracasado.
Aunque los Estados miembros apoyan los objetivos de la Propuesta Unshell, se muestran preocupados porque consideran que podría interferir con su soberanía fiscal nacional, crear inseguridad jurídica e imponer cargas administrativas desproporcionadas para las empresas y las administraciones tributarias.
Por otra parte, los Estados miembros también ponen de manifiesto que las normas existentes contra la evasión fiscal son suficientes para evitar las prácticas perseguidas por la Propuesta. A este respecto, es importante señalar que, a diferencia de las medidas antiabuso existentes (e.g., GAAR, CFC rules), que se aplican a posteriori, las disposiciones de la Propuesta se aplicarían ex ante. Sin embargo, los Estados miembros están satisfechos con sus regímenes nacionales actuales y temen que la Propuesta debilite las normas vigentes.
También existen sugerencias de los Estados miembros para ampliar el ámbito de las exclusiones. Es decir: de aquellas entidades que tienen un riesgo bajo de ser explotadas como entidades fantasma con fines fiscales. Por ejemplo, Luxemburgo ha pedido una exclusión más amplia para las entidades financieras reguladas, pero, debido a que varios Estados miembros han reclamado que las nuevas exclusiones deberían estar muy justificadas, se está exigiendo a los Estados miembros que expongan por escrito de forma detallada sus solicitudes de nuevas exclusiones.
Asimismo, con respecto al enfoque de los dos pasos y de convertir la Directiva Unshell en una Directiva de Administración Cooperativa (DAC), países como Alemania se han manifestado en contra porque consideran que al “ablandarse” las consecuencias fiscales de la Directiva podrían socavarse sus criterios nacionales más estrictos sobre la existencia de sustancia. En cambio, otros países han apoyado este nuevo enfoque porque entienden que puede haber entidades que no sean calificadas como entidades fantasma bajo los criterios de Unshell y podrían considerarse por ello legítimas incluso si no lo son, escapando de esta manera a la aplicación las normas nacionales antiabuso.
En definitiva, existe una preocupación porque una entidad pueda superar los criterios de Unshell constituyendo con ello una “presunción” de que dicha entidad es legítima y que de esta manera pueda evitarse la aplicación de disposiciones antiabuso nacionales -como pueden ser la simulación o el conflicto en la aplicación de la norma tributaria en el caso español-. Esta preocupación podría disiparse con un enfoque de dos pasos, de manera que la Directiva Unshell aplique en una primera fase y en una segunda fase operen las normas antiabuso nacionales.
Esta división entre los Estados miembros está imposibilitando un acuerdo en cuanto a aspectos técnicos clave de la Propuesta Unshell, tales como: cuáles deberían ser los indicadores de sustancia adecuados) qué consecuencias fiscales deberían derivarse en caso de que una entidad sea calificada como fantasma; y (iii) qué información deben comunicar las entidades fantasma e intercambiarse entre los Estados miembros.
La Comisión Europea ha advertido que convertir la Directiva Unshell en un intercambio de información basado en una DAC no logará el objetivo original de la propuesta. En este sentido, si la Comisión Europea decide que la naturaleza de su propuesta se ha visto demasiado alterada durante el proceso legislativo, teóricamente podría decidir retirar la propuesta.
La decisión sobre si seguir adelante con la propuesta o retirarla y preparar una nueva iniciativa, que podría llevar varios años, se tomará probablemente a lo largo de 2025. En este sentido, ya en octubre de 2024 la Comisión Europea manifestó que continúa esforzándose para combatir la planificación fiscal agresiva, por ejemplo, a través de la Propuesta Unshell. Y poco tiempo después -en noviembre de 2024- señaló que se reunirá con los ministros de finanzas de la UE para discutir lo que se necesita para desbloquear la propuesta Unshell e impulsarla.
Recientemente, la presidencia polaca del Consejo ha señalado en el inicio de su mandato que tiene intención de proseguir los trabajos sobre los expedientes fiscales que figuran actualmente en el orden del día. Apoyar la competitividad de la UE haciendo frente a la competencia fiscal perniciosa es una de las prioridades. Sin embargo, la Propuesta Unshell no se destaca específicamente como prioridad.
La Directiva Unshell no es más que la punta del iceberg y las administraciones tributarias de los Estados miembros son cada vez más agresivas en cuestiones de sustancia/beneficiario efectivo, por lo que el tema ocupa un lugar destacado en la agenda de las administraciones tributarias y los tribunales nacionales, independientemente de lo que ocurra con la Directiva Unshell. Asimismo, algunas jurisdicciones como Países Bajos han manifestado que, en caso de que las negociaciones de la Directiva Unshell no lleguen a buen puerto, o no lo hagan en un plazo aceptable, podrían plantearse formar un grupo líder en Europa o la aplicación unilateral de las medidas propuestas por la Directiva.
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