Sustancia y transparencia en las relaciones intragrupo

La llegada de BEPS y el cambio de paradigma en materia de fiscalidad internacional y precios de transferencia ha fortalecido de forma significativa los requisitos de sustancia y transparencia en los grupos multinacionales.

Recordemos que los cambios introducidos en la legislación de precios de transferencia a partir de las acciones 8 a 10 y 13 de BEPS (Base Erosion and Profit Shifting), el proyecto sobre la erosión de la base imponible y traslado de beneficios liderado por la OCDE, están dirigidos a reconocer los efectos fiscales de los elementos que generan valor en los grupos multinacionales. Esto significa que las políticas de precios de transferencia aplicadas en operaciones intragrupo deben estar necesariamente alineadas con el modelo operativo del grupo. Ahora bien, ¿qué significa esto en la práctica?

Desde la perspectiva de la Administración Tributaria, la tendencia actual es el análisis de la prevalencia del fondo sobre la forma en la operativa de grupos multinacionales. Con base en nuestra experiencia en procedimientos de inspección tributaria, identificamos algunas cuestiones que podríamos considerar como patrones comunes, y, que además dependerán de la posición del contribuyente, es decir, si se trata de una filial española de una matriz extranjera o en su caso, matriz española con filiales en el extranjero.

Filiales españolas de matriz extranjera

En procedimientos de inspección de filiales españolas de matriz extranjera, el planteamiento de la Administración Tributaria está enfocado en analizar exhaustivamente el organigrama funcional de la compañía mediante los siguientes mecanismos:

  1. Análisis de la estructura de gobernanza a través de entrevistas funcionales a actuales y antiguos empleados, revisión de los perfiles de LinkedIn y publicaciones de puestos de trabajo. El objetivo es identificar actividades o funciones que podrían aportar un alto valor y, por tanto, analizar de forma exhaustiva el perfil funcional y la remuneración de la filial.
  2. Envío de cuestionarios a clientes y proveedores para identificar y analizar qué tipo de relaciones existen con la matriz y la filial en los procesos de negociación, toma de decisiones y contratación.
  3. Identificar perfiles con roles C-suite cuya generación de negocio no necesariamente esta vinculada a los ingresos registrados en la filial y analizar, en su caso, si procede la atribución de beneficios a la filial por estas actividades.

Matriz española con filiales en el extranjero

En procedimientos de inspección tributaria a matrices españolas con filiales en el extranjero, el planteamiento de la Administración ha evolucionado en los últimos años.  En el pasado, el análisis se centraba principalmente en la procedencia de la deducibilidad de los gastos. No obstante, en los últimos años la tendencia ha sido evaluar si existe un defecto de ingresos en sede de la matriz.

En otras palabras, el análisis se centra en definir si la matriz está recibiendo una remuneración adecuada por las funciones realizadas y el valor aportado a las filiales, o si, por el contrario, esta debería incrementar los cargos intragrupo a las filiales extranjeras para remunerar adecuadamente las funciones realizadas, activos empleados y riesgos asumidos.

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Hacia un cambio de paradigma

Este cambio de paradigma en el enfoque de procedimientos tributarios en España es también una tendencia global. Un claro ejemplo es el Caso PepsiCo vs. Administración Tributaria Australiana, en donde la Administración consideró que, aunque los términos contractuales en el acuerdo de embotellamiento no identificaban expresamente la licencia de activos intangibles, sí que entendía que cualquier uso de los intangibles asociados al producto derivaban la existencia de un canon implícito y por tanto, los pagos realizados por la entidad eran royalties.

Si bien se trata de una controversia en Australia, las conclusiones son interesantes al representar un cambio en la interpretación convencional de las relaciones, así como del análisis de la prevalencia del fondo sobre la forma en la operativa y uso o licencia de intangibles. Denotando además la importancia de realizar un análisis DEMPE exhaustivo. En este contexto, ¿qué implica este cambio de interpretación para los contribuyentes?

En primer lugar, es fundamental identificar las relaciones comerciales y financieras entre entidades vinculadas, así como las circunstancias económicamente relevantes asociadas a esas relaciones para contextualizar la cadena de valor y así definir políticas de precios de transferencia robustas y homogéneas. Adicionalmente, es esencial que la implementación de esas políticas de precios de transferencia sean un reflejo del modelo operativo real del grupo.

Por lo que, consideramos necesario realizar un ejercicio de diagnóstico-revisión que permita contrastar el modelo operativo definido con el modelo operativo real y contestar las siguientes preguntas:

  • ¿Es coherente el reparto de beneficios entre entidades vinculadas, considerando sus perfiles funcionales, con la cadena de valor del grupo y su modelo operativo?
  • ¿Se tributa donde se genera valor?
  • ¿Las políticas de precios de transferencia reflejan adecuadamente la generación de valor de cada parte?

Recordemos que gran parte de esta información debería estar recogida en el Master File, al menos desde una perspectiva cualitativa y, por tanto, es necesario que sea coherente con la información cuantitativa disponible para las partes, por ejemplo, la reportada en el Country by Country Report (CbC) o en su caso, con el reparto efectivo del beneficio consolidado.

Por tanto, considerando que parte del trabajo de la inspección será entender el modelo de negocio del grupo, y gran parte de las preguntas y requerimientos que realizarán tendrán un objetivo claro, es fundamental que este tipo de análisis sean realizados por las entidades, de forma proactiva y con carácter previo, con dos objetivos claros:

  1. Fomentar la sustancia económica de las operaciones intragrupo y, por tanto, cumplir con la normativa fiscal y la tendencia actual.
  2. Tener la capacidad de adelantarse y, en su caso, mitigar cualquier potencial riesgo fiscal con carácter previo al inicio de un procedimiento inspector e inclusive en la fase inicial de un procedimiento inspector.

Esto al menos, contribuirá a generar confianza entre las partes ante un hipotético procedimiento inspector y, en su caso preparar las líneas de defensa necesarias.

En definitiva, en un entorno fiscal cada vez más exigente, la proactividad y el análisis exhaustivo del modelo de precios de transferencia, apoyados por herramientas tecnológicas avanzadas, son esenciales para garantizar que las políticas de precios de transferencia no solo cumplan con la normativa vigente, sino que también reflejen fielmente la realidad operativa del grupo. Al adoptar un enfoque integral y preventivo, las empresas no solo mitigarán riesgos fiscales, sino que también fortalecerán su posición ante posibles inspecciones, garantizando así la sostenibilidad y transparencia de sus operaciones intragrupo.