El nuevo Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Cotizadas supone un paso adelante para reforzar el papel de supervisión de los gestores por parte del consejo de administración y clarificar las responsabilidades de sus miembros, con recomendaciones concretas dirigidas a aumentar su efectividad. Entre ellas, encontramos muchas que ya estaban siendo de aplicación obligada para las entidades financieras y que ahora -aunque en forma de recomendaciones- se convierten en comunes para las cotizadas en España.
Los reguladores de los mercados locales de capitales se han dado cuenta de la importancia competitiva del gobierno corporativo para los inversores. En los últimos años se han venido reformando las recomendaciones nacionales de buen gobierno con el sano propósito de aumentar el atractivo de sus empresas en los mercados de financiación. El enfoque que podríamos denominar institucional, que en buena medida fue el inspirador de los anteriores códigos de buen gobierno -en España y en otros países- ha dejado paso a una aproximación más pragmática y cercana a las tesis que dominan hoy los mercados de capitales. Esa diferencia artificial que insistía en la existencia de dos modelos de gobierno, uno “continental” autóctono y otro “anglosajón” importado, ha quedado caduca en un mundo globalizado.
En el nuevo texto de la CNMV subyacen varias ideas transversales relevantes con el propósito de avanzar en una cultura empresarial más enfocada en la creación de valor a largo plazo. Asuntos clave que preocupan no solo a los inversores institucionales, sino también a la ciudadanía. Aspectos que estaban en la calle y que el parqué no podría desoír. Así nos encontramos con un importante grupo de recomendaciones dirigidas a aumentar la exigencia de independencia y conocimiento de aquellos con misión de supervisar los sistemas de control de las compañías. Un avance como también lo son aquellas medidas dirigidas a incorporar nuevos perfiles al consejo que reflejen mejor la vocación internacional de las empresas o la realidad de género de una sociedad donde hoy se gradúan más mujeres que hombres.
La gestión del riesgo, inherente a la empresa, toma cuerpo –y precisa de una función específica en las recomendaciones del código-. El desarrollo de las políticas de responsabilidad social corporativa como un elemento que conecta a las empresas con la sociedad a la que sirven o las recomendaciones dirigidas a los esquemas de remuneración de los consejeros y alta dirección, servirán de palanca a muchas organizaciones para definir mejor su papel en la sociedad, estar mejor preparadas y ser más competitivas en un entorno cambiante, complejo e interconectado por el avance de la tecnología.
Los consejos de administración son un órgano vital de las compañías. Su salud es un buen indicador de la viabilidad y longevidad de la compañía en el largo plazo, y los inversores lo saben, pero también el mejor talento o los mejores socios en el negocio. La calidad del debate en el seno de los máximos órganos de gobierno de las empresas depende de la habilidad de sus líderes de crear un ambiente de trabajo en equipo realmente constructivo y exigente. En la construcción de este equipo de trabajo tiene un papel especial la persona que lidera la organización. Sin la adecuada dinámica colaborativa y la disposición de un grupo de consejeros que piensan como propietarios y son capaces de ejercer su autoridad, las recomendaciones de buen gobierno sobre procesos y responsabilidades tendrán poca influencia. Esta es una recomendación implícita del nuevo código, pero clave para entender el cambio y lograr el objetivo perseguido. Y es que las reformas llevadas a cabo en la Ley de Sociedades de Capital, en la reforma penal o del sistema financiero –y ahora en el nuevo código de buen gobierno– suponen no solo más responsabilidad, sino además un reto profesional para aquellos que desarrollan la función de consejeros. Cumplir con las expectativas en este nuevo escenario va a suponer un esfuerzo tanto por parte de los líderes de las organizaciones, de los miembros de los consejos –pero también para los ejecutivos de las empresas a las que sirven-. Para los consejeros, las nuevas exigencias en cuanto a dedicación, conocimiento, información, e incluso interacción con inversores o los ejecutivos de la compañía, deben estar acompañadas de mejor información, medios, y de recursos, que potencien su papel, su talento y permitan desarrollar su tarea eficazmente.
Los códigos pasados nos enseñan que las sugerencias que elabora el regulador tienen gran predicamento entre las empresas. Sin embargo, la aplicación de estas recomendaciones, también como otras en el pasado, depende de la voluntad de aquellos que tienen la misión de aplicarlas. Cumplir en lo formal, seguramente terminará siendo sencillo. Pero, como en todos los consejos que uno recibe en la vida, su valor se encuentra realmente en el espíritu que los inspira, más que en la letra impresa que los contiene.
Autor: John Scott. Presidente de KPMG en España, en la región de EMA (Europa, Oriente Próximo, África y sur de Asia) y vicepresidente global.
Buenas tardes:
Se agradece el nuevo Código de Buen Gobierno, después de la incorporación de recomendaciones del anterior a la Ley de Sociedades de Capital.
Las recomendaciones relativas a RSC suponen un balón de oxígeno para esta materia, esperando que en su aplicación prime el fondo sobre la forma, y la ética sobre la estética.
Un abrazo
Quique Soria