Tanto para las organizaciones como para los candidatos a ocupar una posición de Compliance Officer es importante conocer qué competencias profesionales vienen siendo requeridas. En el reciente Congreso Nacional de Compliance, tres de las principales firmas especializadas en la búsqueda de talento compartían su opinión al respecto, resultando una lista de más de doce cualidades valoradas para una posición de tal responsabilidad, destacando una buena formación y experiencia.
Los estándares modernos sobre Compliance también subrayan la importancia de estos elementos. Las normas internacionales ISO 19600 sobre sistemas de gestión de Compliance e ISO 37001 sobre sistemas de gestión anti-soborno se refieren, en general, a la formación y experiencia de cualquier persona relacionada con el desempeño del Compliance, forme o no parte de dicha función.
La Norma UNE 19601 sobre sistemas de gestión de Compliance penal, influida tanto por el Código penal español como por lo establecido sobre este particular en la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, dedica un apartado específico a las competencias del personal de Compliance, refiriéndose también a su formación y experiencia, y fijando la necesidad de conservar evidencias documentales de ello. Al tratarse de un requisito, las entidades certificadoras deben solicitarlas y analizarlas, como cualquier otro factor condicionante de su opinión de conformidad. No cabe duda que depositar la operación de un sistema de gestión de Compliance penal en manos no formadas o inexpertas cuestiona seriamente su eficacia, supone un elevado nivel de exposición para la organización y compromete la opinión de un tercero independiente que evalúe el modelo.
Afortunadamente, la oferta formativa en España sobre Compliance se ha ampliado en los últimos años, de modo que es posible constatar competencias profesionales gracias a los ciclos formativos de calidad dentro de la oferta educativa actual. El próximo mes de Marzo comenzará la Décima edición del Programa de Posgrado en Compliance que imparten, de manera coordinada, las universidades Carlos III en Madrid, y Pompeu-Fabra en Barcelona, lo que permite obtener doble titulación en estos centros. No es una referencia intrascendente, si consideramos que se encuadran entre las tres universidades mejor clasificadas en España. La consolidación de este Programa es una muestra del incremento en la calidad formativa sobre Compliance y el reconocimiento que tiene actualmente esta materia en España, impensable hace una década.
Es cierto que la experiencia es personal e intransferible, adquiriéndose con el transcurso del tiempo. Puesto que la función de Compliance se ha generalizado en los últimos años, todavía es difícil cubrir la demanda de puestos cualificados que está aflorando en un mercado que, hasta hace poco tiempo, se circunscribía a los sectores regulados. Sin embargo, también se observa un incremento progresivo de los equipos de Compliance en cualquier tipo de organización, lo que brinda oportunidades de desarrollo profesional a perfiles junior con vocación, actitud y formación adecuadas.
Un perfil completo de Compliance Officer es fundamental para reaccionar correctamente ante incidentes en esta materia. Este mes inicio la publicación de una serie de videos que ilustran los aspectos clave de una entrevista forense de Compliance, donde se abordan cuestiones sobre las que se espera que el Compliance Officer haya reflexionado y esté en disposición de facilitar explicaciones satistactorias. Son preguntas basadas en prácticas de diferentes órganos e instituciones, tanto nacionales como internacionales, incluyendo algunos de los aspectos evaluados por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
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