Si alguien pensaba que la actual situación de crisis sanitaria y económica iba a provocar una menor actividad de los organismos reguladores, estaba muy equivocado.
El BCE ha sometido a consulta el 21 de mayo una nueva y exhaustiva Guía sobre riesgos relacionados con el clima y medioambientales en el marco del Acuerdo de Paris sobre el cambio climático y la Agenda 2030 de la ONU. El plazo para realizar comentarios finaliza el 25 de septiembre, entrando en vigor en el momento de publicación de la versión definitiva.
Esta Guía no es vinculante para las Entidades Financieras y pretende fijar la postura del BCE en esta materia, estableciendo una serie de pautas que la entidad supervisora espera por parte de las Entidades. Estas pautas pueden ser la base para el diálogo supervisor siendo los ámbitos de debate muchos y muy detallados.
El BCE reconoce que las Entidades han tomado medidas, pero estas se han quedado más en el ámbito de la responsabilidad social corporativa, no habiendo desarrollado un enfoque integral de gestión del riesgo que es lo que sería deseable.
El documento se estructura en torno a 13 expectativas que el Supervisor espera sean tenidas en cuenta por las Entidades Financieras. Estas expectativas van desde cómo los riesgos medioambientales han sido tenidos en cuenta en el establecimiento de la estrategia de la entidad, si se han incluido específicamente en el marco de apetito al riesgo, si se han debatido en los Consejos de Administración, si las Entidades conocen el impacto real que pueden tener estos riesgos, si han asignado responsables de seguimiento y gestión, si han identificado y comunicado datos e indicadores relacionados con dicho riesgos y generado métricas relacionadas, y muchas otras cuestiones no menos relevantes. Algunas preguntas clave son:
Se espera que las Entidades significativas sigan la Guía, mientras que las menos significativas seguirán la pauta que establezca la Autoridad Nacional Competente, y el BCE espera que apliquen una parte sustancial de dichas pautas. En este sentido, habrá que ver qué dice el Banco de España al respecto.
La remuneración es una de las herramientas más potentes de las que disponen las organizaciones para implantar las políticas y los cambios. Por ello, en la expectativa 4 relativa al apetito al riesgo, el BCE espera que las Entidades incluyan explícitamente los riesgos relacionados con el clima y el medioambiente en su marco de apetito al riesgo, esperando que se describan, se identifiquen indicadores y métricas asociadas a ellos, así como que se establezcan límites y controles periódicos.
En este contexto, también espera que las Entidades se aseguren de que su política y prácticas de remuneraciones estimulen un comportamiento consistente con estos planteamientos. Especificando que las estructuras de incentivos deben estimular comportamientos que se ajusten al apetito de riesgo, a los objetivos de negocio, y desincentivar la asunción excesiva de riesgos, cosa que ya hacen, porque las remuneraciones están sujetas a una enorme regulación en el sector desde 2010. Para ello, recomienda establecer un elemento de remuneración variable vinculado a la consecución efectiva de estos objetivos cuando sean posibles de cuantificar y, si no, propone que se incorporen criterios cualitativos.
Podría hacerse de las dos maneras dependiendo de la relevancia que se le quiera dar. Si es un tema muy relevante para la estrategia, se podría establecer un incentivo paralelo y complementario al ordinario de negocio. Esta alternativa sería más eficaz para producir cambios en el comportamiento deseados, pero habría que valorar como encajaría el incentivo en la ratio fijo-variable y valorar si hay que ajustar el otro incentivo para no incrementar costes, entre otras cuestiones.
En supuesto de incorporación de métricas específicas al incentivo ordinario de negocio éstas tendrían un peso relativo menor respecto de otros objetivos, siendo su impacto menos relevante. Las compañías que han introducido métricas ESG en los últimos años en sus variables lo han hecho con un peso del 10-15% en general.
Pensamos que sería recomendable hacerlo en los incentivos a largo plazo debido a que los objetivos que se plantean en este tipo de estrategias son sobre todo de largo plazo (ej. Porcentaje de activos con calificación medioambiental medio y bajo, tasa de rentabilidad de los activos, etc.). No obstante, en función de que la empresa desee conseguir cuestiones concretas en el corto plazo (ej. Elaborar una estrategia en materia de clima y medioambiente, actualizar el marco de apetito de riesgo, etc.), al principio quizás se podría incluir también en los programas de corto plazo de manera complementaria o alternativa.
Las Entidades suelen contar ya con sistemas de incentivos complejos muchas veces con ciclos solapados que además cuentan con periodos de diferimiento regulados por la normativa. Los ciclos solapados en la práctica se convierten en incentivos de corto plazo y pueden no coincidir sus vencimientos con los objetivos medioambientales o de medición de riesgos. Sería necesario estudiar la casuística.
Los programas y estrategias en esta materia tienen una gran capilaridad de acciones siendo complicado encontrar objetivos agregados. En este sentido, nuestra recomendación es la construcción de una métrica sintética que englobe los elementos más relevantes de la estrategia y el marco de apetito al riesgo.
Como conclusión, es posible ligar el sueldo de los banqueros a los objetivos medioambientales, pero es un ejercicio complejo cuyos resultados y efectividad se verán en los próximos años. No obstante, merece la pena el esfuerzo porque recientes estudios publicados han encontrado correlación entre el establecimiento de métricas medioambientales y los resultados de negocio cuando las métricas y criterios son potentes y además estos son transparentes.
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