Numerosas aseguradoras y analistas han recibido la NIIF 17 Contratos de seguro y la NIIF 9 Instrumentos financieros como un cambio contable positivo, que ofrece una mejor comparabilidad que la NIIF 4, la norma anterior sobre contratos de seguros. Y es que con las nuevas normas sobre contratos de seguro e instrumentos financieros se armonizan los modelos de valoración de activo y pasivo y se produce una presentación de información y desgloses más transparentes en los estados financieros.
Ante su llegada y con el fin de considerar más detenidamente las perspectivas de las aseguradoras, hemos analizado la información facilitada por 26 entidades de todo el mundo sobre los impactos potenciales de la NIIF 17 y la NIIF 91. Información que dichas aseguradoras han compartido durante sesiones formativas para inversores y/o a través de sus informes trimestrales o semestrales (en su caso).
Nuestro análisis destaca que las aseguradoras auguran que la NIIF 17:
Algunas aseguradoras consideran también que las valoraciones de las empresas podrían aumentar en el transcurso del tiempo debido a la mayor transparencia conforme a la NIIF 17.
En primer lugar, se detectan asimetrías contables y una consiguiente volatilidad. Y es que el 1 de enero de 2023 muchas aseguradoras aplicarán la NIIF 17 y la NIIF 9 simultáneamente. Esperan que las asimetrías contables y la consiguiente volatilidad en la cuenta de resultados se reduzcan significativamente con estas nuevas normas. La armonización de modelos de valoración de activo y pasivo es un factor clave para reducir las asimetrías contables en la cuenta de resultados. Por ejemplo, una aseguradora puede optar por:
En el análisis de detalle se incluyen otras asimetrías. En otro orden, en relación con el patrimonio neto y la rentabilidad, los impactos cuantitativos presentados hasta el momento se centran en el cambio en recursos propios (patrimonio neto) y rentabilidad futura entre la NIIF 4 y la NIIF 17. Algunos de los factores clave que afectan a los recursos propios bajo la NIIF 17 están siendo los efectos de los cambios en tipos de interés, la liberación de márgenes de prudencia compensada por el reconocimiento del ajuste por riesgo, la valoración de opciones y garantías y los plazos en los que se reconocen los beneficios (y el reconocimiento relacionado del margen de servicio contractual – CSM- en el balance inicial).
Respecto a las principales opciones de políticas contables y juicios de valor, muchas aseguradoras ya han explicado los principios que han aplicado en sus principales opciones de política contable según la NIIF 9 y la NIIF 17 y juicios de valor.
Bajo la NIIF 17, las aseguradoras pueden adoptar diversas opciones de políticas contables; por ejemplo, el uso de ORG (OCI) para los efectos de cambios en los tipos de descuento. Las aseguradoras deberán revelar también los juicios de valor significativos que han aplicado.
Por su parte, se espera que la NIIF 17 afecte significativamente a las aseguradoras del sector de vida, y menos a las del sector de no vida. No obstante, para algunas aseguradoras de no vida los impactos podrían ser más significativos; es decir, aquellas con reservas de siniestros de larga duración, que han de realizar un descuento de las mismas conforme a la NIIF 17, y aquellas con contratos temporales con cobertura más prolongada, en los que no ha sido posible aplicar el enfoque de asignación de primas (PAA, en inglés).
Asimismo, si nos centramos en los indicadores clave de rendimiento (KPI), algunas aseguradoras de vida han indicado que prevén la aparición de nuevos KPI y cambios en los KPI existentes. Algunas harán uso, por ejemplo, de los valores del CSM del nuevo negocio de la NIIF 17, mientras que otras prevén realizar determinados ajustes no previstos en la norma.
En el caso de aseguradoras de no vida, no se espera que cambien significativamente los KPI comunes empleados actualmente (por ejemplo, primas brutas suscritas y/o ratio combinado).
No obstante, tanto para las aseguradoras de vida como para las de no vida, y pese a que los KPI tendrán un fundamento más coherente según la NIIF 17, los KPI con ajustes no previstos en la norma variarán significativamente y tardarán en armonizarse previsiblemente varios ejercicios.
En última instancia, para muchas aseguradoras la implantación de la NIIF 9 supondrá determinadas asimetrías contables y volatilidad consiguiente, pero en áreas en las que no es probable que sea significativa. La mayoría de los instrumentos de deuda se atendrán al criterio de solamente pagos por principal e intereses (SPPI), y no se espera que el volumen de las pérdidas crediticias esperadas afecte significativamente a las aseguradoras. Algunas han indicado que una pequeña proporción de sus instrumentos de deuda se reconocerán por su coste amortizado; por ejemplo, las que “respaldan” los saldos del CSM.
Las agencias de calificación no prevén cambios sustanciales en las calificaciones crediticias porque no esperan que varíe el negocio subyacente de las aseguradoras, a pesar de la importancia de las nuevas normas. De manera similar a las aseguradoras, prevén asimismo que serán necesarios varios años para que las partes interesadas se habitúen a las nuevas cifras y los KPI correspondientes de la NIIF 9 y la NIIF 17. Señalan, en este sentido, varias opciones para presentar ratios combinados en el sector de no vida y ratios de apalancamiento financiero de forma más generalizada.
El análisis puede ser útil para identificar y contrastar la información clave que los gestores de las entidades aseguradoras tienen intención de facilitar en sus próximas presentaciones de información. Asimismo, puesto que las partes interesadas esperan desgloses de información conforme a la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores sobre el impacto previsto de la NIIF 17 y la NIIF 9 en sus estados financieros de 2022, es recomendable revisar .
Algunas aseguradoras se han comprometido a facilitar el balance inicial reformulado en sus cuentas anuales de 2022, y prevén anunciar sus resultados del primer trimestre en mayo de 2023. Otras esperan incluir información financiera suplementaria no auditada sobre el impacto de las nuevas normas en documentos separados de transición a la NIIF 17 y la NIIF 9. A medida que las aseguradoras compartan más información detallada sobre las nuevas normas, trataremos de compartir más perspectivas.
Numerosas de las 26 aseguradoras han solicitado la exención temporal de la NIIF 9, y esperan aplicarla al mismo tiempo que la NIIF 17; es decir, a partir del 1 de enero de 2023.
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