El entorno de inflación, tipos de interés y continuos riesgos emergentes como los derivados de crisis geopolíticas, climáticas, sobre ciberseguridad, junto con las novedades en regulación de diversas materias como ESG y Pilar 2, hace necesario por parte de la Dirección de las empresas una mayor atención y foco en cómo abordan sus negocios. Cómo la compañía está navegando en este entorno y la consecución de sus objetivos es una información vital para que tanto inversores, acreedores, reguladores y resto de grupos de interés comprendan cuál es su situación. Y cómo las empresas cuenten su historia, puede tener un impacto relevante en los resultados, su posición en el mercado o en las posibilidades de financiarse.
Pero ¿cuál es el canal de comunicación que las empresas tienen a su alcance para llegar a todos estos grupos de interés? Hoy en día las cuentas anuales e informe de gestión (información corporativa) se conforman como la herramienta de comunicación corporativa más relevante para los mercados.
Siendo esto así, la pregunta no es nueva, pero toca hacerla y renovar su respuesta ¿Cuál es la información relevante que debe incluirse en la información corporativa? Para poder dar una respuesta renovada, hay que empezar por entender y aplicar la actual definición de materialidad aprobada por el IASB que incide en qué normas de registro y valoración y otros desgloses son necesarios incluir para que la información sobre las operaciones de la compañía sea comprensible para sus usuarios principales. La respuesta a esta pregunta nos debe servir para replantear qué debemos cambiar, no sólo añadir, sobre la información actual.
La información corporativa debe contener información relevante, ha de existir conectividad entre datos y narrativas – requerimiento de los reguladores-, y ha de reflejar la singularidad de la organización, con información específica y adaptada.
Esta evolución en el reporting se puso en marcha hace varios años. El IASB, comité de normas internacionales de información financiera IFRS, desde 2015 viene desarrollando proyectos que pretenden mejorar la información financiera que presentamos en las cuentas anuales. Tras la emisión de una guía voluntaria en 2017 que daba pautas para determinar qué información se considera material, en 2018 cambió la definición de materialidad y en 2021 el emisor modificó la NIC 1 en relación con los desgloses de políticas contables, y los cambios en las estimaciones, que entra en vigor en las cuentas de 2023.
Estos cambios introducidos en la normativa internacional entendemos que son aplicables a la normativa contable española, aunque no haya un desarrollo específico.
“Materialidad: una información es material si cabe esperar que razonablemente su omisión, su inexactitud o enmascaramiento influya en las decisiones de los usuarios principales de los estados financieros.” Con esta definición, el regulador ha querido acotar el significado, y se refiere a que “influya en las decisiones” frente a la expresión anterior más genérica de ‘podría influir’, califica a los usuarios como ‘principales’, es decir, interpretando que quien consulta unas cuentas anuales tiene un conocimiento suficiente de aspectos contables y financieros.
También introduce el concepto de ‘enmascaramiento’ al mismo nivel que la omisión o inexactitud, lo que nos lleva a deducir que está advirtiendo que no se debe confundir a los usuarios con falta de claridad o exceso de información que no es básica para entender el negocio, el desempeño y las propias prácticas contables que utiliza la organización. Por ejemplo, dispersar la información sobre una transacción relevante o agrupar información no relevante y que es de distinta naturaleza, puede generar confusión. En definitiva, abre la vía a los responsables de las empresas a aplicar más juicio sobre qué información deben contener las cuentas anuales, de forma que su contenido, tanto por defecto como por exceso, no dificulte la comprensión y entendimiento a los usuarios principales.
Un aspecto relevante de este cambio en la materialidad es la necesidad de plantearse qué desgloses sobre las políticas contables debemos considerar. Puede ser porque las transacciones a las que afecta sean relevantes por su importe (cuantitativa) o por naturaleza (cualitativa). Siguiendo este nuevo enfoque, las políticas contables que no sean materiales podríamos no incluirlas en las cuentas, en un ejercicio para aligerar contenido con el objetivo que pretende el regulador, que se comprenden mejor las cuentas anuales.
Es crítica también esta reflexión cuando los administradores evalúan si la empresa aplica o no el principio de empresa en funcionamiento, (going concern), el grado de incertidumbre existente y los juicios y estimaciones relevantes que se realizan en esa evaluación. En este sentido será necesario considerar el cambio en la definición de qué es una estimación contable (NIC 8). Si una norma contable establece la necesidad de hacer una medición, es decir valorar algún elemento patrimonial, y esa valoración está sujeta a incertidumbre, se requiere realizar una estimación. Cualquier cambio en las técnicas o variables de la medición se considera estimación contable, lo que implica un impacto prospectivo en la cuenta de resultados.
La necesidad de analizar y decidir sobre los hechos posteriores de cara al cierre del ejercicio 2023, donde nos encontraremos novedades relevantes sobre determinada regulación una vez se ha retomado la actividad legislativa en España. Aunque no hay un cambio normativo, lo cierto es que estamos en un entorno propicio para novedades regulatorias, por lo que hay que preguntarse si esos cambios que se conocen tras el cierre y antes de la aprobación de las cuentas, implican algún ajuste en las cifras cerradas o suponen solo un desglose
Una de las cuestiones materiales sobre la información corporativa y que los reguladores están poniendo foco es la consistencia entre la información financiera y de sostenibilidad. No es correcto contar en una parte del reporting lo que hace una empresa ante el cambio climático, su estrategia y objetivos de descarbonización, y olvidarnos de eso cuando se afronta la valoración de los activos o las previsiones en los estados financieros.
Un ejemplo son los riesgos climáticos en las pruebas de deterioro. ¿Estamos incluyendo los riesgos climáticos que se identifican en activos que pueden verse afectados por situaciones o episodios climáticos extremos? ¿Sigue siendo válido el modelo actual con el análisis y la exposición a estos riesgos? En sectores más afectados por el cambio climático los inversores y reguladores esperan que las empresas desglosen de juicios e hipótesis clave relacionadas con el cambio climático en el cálculo del valor recuperable. O, al contrario, si la empresa concluye que no va a afectar, conviene señalar por qué considera que no impactará en sus proyecciones.
Todos estos cambios se incluirán en la esperada NIIF 18 (la actual NIC1) sobre desgloses de políticas contables que se espera aprobar en 2024, con aplicación en 2027, plazo que revela la importancia de que las empresas se preparen y hagan esa reflexión profunda sobre qué información y cómo han de presentarla para que los usuarios principales de la misma sean capaces de entender, valorar y tomar decisiones sobre las empresas.
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